En los próximos años serán necesarios más de 200.000 profesores para cubrir vacantes por jubilaciones y atender la evolución de la población escolar
La ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera, ha anunciado que de aquí al año 2015 serán necesarios algo más de 200.000 nuevos profesores para cubrir vacantes por jubilaciones y atender la demanda de la evolución de la población escolar. La titular del MEC hizo estas declaraciones durante la inauguración del seminario La formación inicial y permanente de maestros y profesores, un encuentro organizado por el Consejo Escolar del Estado, que ha analizado los retos a los que se enfrentará la profesión en el futuro.
COMUNIDAD ESCOLAR
Año XXV, número 811
Año XXV, número 811
6 de junio de 2007
Madrid.
Según Cabrera, la Ley Orgánica de Educación (LOE) “es una de las normas que mayor protagonismo otorga a los profesores, a su labor profesional y a su reconocimiento social”. También se refirió a la reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que establece las nuevas titulaciones de Grado, Máster y Doctorado. Con su entrada en vigor los estudios universitarios de maestros y profesores –en la actualidad diplomatura y licenciatura, respectivamente- se convertirán en títulos de Grado, con una equivalencia de 240 créditos europeos ECTS.
La ministra indicó que la formación de los futuros docentes incorporará “todos los recursos que creemos necesitan para hacer frente a las necesidades de la sociedad actual”. Entre ellos estarán los destinados a favorecer el aprendizaje a lo largo de toda la vida, de acuerdo con la directrices europeas. Otro factor clave será el relativo a la movilidad del profesorado y la apertura de nuestras aulas a docentes de otros países, dentro de la incorporación de nuestro sistema educativo al sistema educativo europeo.
Respecto de la formación de los maestros, la ministra hizo hincapié en la necesidad de favorecer las prácticas en centros docentes. En cuanto a Secundaria, anunció que los profesores de estos niveles deberán poseer un título de Grado de cualquier rama y cursar un Máster específico, de una duración de un año, lo que llevará la desaparición del Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP), un “sistema vigente desde 1970 y que no han dado unos resultados satisfactorios”.
Reforma de los planes de estudio
En el seminario han participado diversos responsables del MEC, así como representante sindicales, catedráticos, pedagogos y expertos. Los responsables del Ministerio han informado del significado que para la formación de maestros y profesores tendrá la reforma de los estudios universitarios, que pretende no sólo la reforma de los títulos, sino también lograr un modelo europeo exportable y atractivo, y el logro de una educación universitaria de calidad y al alcance de todos. Se ha puesto de relieve que la creación del Espacio Europeo de Educación Superior (EES) requiere el desarrollo de iniciativas y normativas que permitan que en el curso 2008-09 comiencen a impartirse los nuevos títulos de Grado y que los primeros graduados universitarios salgan de las facultades en 2012. El modelo de reforma tendrá una “importante flexibilidad” en la combinación de la formación con la experiencia para establecer la transición entre el modelo actual y el que se está regulando.
Según las conclusiones leídas por la presidenta del Consejo Escolar del Estado, Carmen Maestro, al finalizar el seminario, las novedades del nuevo sistema, además del cambio de estructura de las enseñanzas, “se encuentran en la profundización de la autonomía universitaria y en la autonomía curricular que supone la desaparición del Catálogo de títulos establecido por el Gobierno. Este sistema supone que las decisiones deben ser armónicas porque han de combinar las competencias constitucionales que corresponden al Estado y a las Administraciones educativas con la autonomía universitaria”.
También se ha puesto de manifiesto que la profundización de la autonomía universitaria no está exenta de dificultades cuando se trata de regular una excepción, como en este caso. “Cuando el título universitario habilita para una profesión regulada o titulada, como ocurre con los maestros y con los profesores de Secundaria, es necesario que sea regida por una ley de carácter estatal. A esta excepción a la autonomía curricular de las universidades se suma la ausencia de normativa educativa de carácter supranacional”.
Nuevo perfil
Las conclusiones también recogen lo anunciado por Mercedes Cabrera, en el sentido de que las previsiones demográficas y las jubilaciones del profesorado en ejercicio indican que se necesitarán algo más de 200.000 profesores hasta el curso 2015. Y redefinen el perfil de la profesión: “El profesorado es el pilar para conseguir una educación de calidad y su formación debe corresponder a las demandas y necesidades sociales, por lo que el perfil del maestro ha de ser el de una persona culta, que combine saberes específicos y didácticos, que sea capaz de utilizar recursos para transformar esos saberes en elementos de aprendizaje, que tenga conciencia social para educar en valores democráticos a ciudadanos críticos, que sepa incorporar el entorno como parte activa del territorio educativo y que tenga capacidad afectiva”.
Un gran avance
Se considera un avance “incontestable” que el nuevo título de maestro tenga una formación de 4 años, con dos grados, uno de Infantil y otro de Primaria, que se obtendrán con 240 créditos. En este sentido, el MEC y las Comunidades Autónomas establecerán unas directrices que conformarán el marco de referencia -en torno al 60%-70% de las materias- que tendrán que asumir las universidades encargadas de poner en práctica los planes de estudios y de decidir quién imparte las nuevas enseñanzas. En el encuentro se ha hecho hincapié en “el carácter fundamental de las prácticas docentes, el desarrollo de las competencias básicas y el conocimiento del entorno” y en el desarrollo “imprescindible de vínculos igualitarios entre la Universidad y la escuela”.
Por lo que respecta a Secundaria, la formación del profesorado será la de Grado más un Máster de 60 créditos que proporcione la formación pedagógica y didáctica propuesta de manera genérica en el artículo 100 de la LOE y específicamente para cada enseñanza en los artículos de 94 a 98. De esta forma se responde a una demanda social que consideraba deficiente la formación pedagógica proporcionada por el CAP. También en este caso, las directrices marcadas por el Estado se situarán en torno al 60 %-70%. El Máster contará con módulos o materias relativos, según la especialidad, a complementar la formación disciplinar, la formación didáctica, la formación pedagógica, psicológica y sociológica en general, así como la iniciación a la investigación y a la innovación educativas. También en este caso tendrá una especial importancia el “practicum”.
Las conclusiones señalan que la formación inicial del profesorado -científica, pedagógica y didáctica- “se convierte en un elemento esencial para la titulación y para la regulación profesional, porque es una garantía de la calidad”. Esta exigencia de capacitación y la consideración de la formación permanente como un derecho y un deber, se recogen en el borrador del Estatuto del Funcionario Docente que se está elaborando de forma consensuada entre el MEC, las CC:AA. y los sindicatos.
Aspiración cumplida
Las ponencias presentadas y los debates que se han suscitado demuestran que existe acuerdo en la oportunidad de mejora de la formación de profesores que representa el EEES y, particularmente, en la prolongación de la formación de los futuros maestros a 4 años, con lo que se cumple así una vieja aspiración del Magisterio. También se considera un avance el Máster de un año para los docentes de Secundaria, aunque será preciso completarlo con la formación permanente.
Otro aspecto a destacar tiene que ver con los contenidos y con la importancia de “elaborar diagnósticos ajustados sobre las necesidades de formación y evaluaciones que proporcionen datos sobre las carencias de la enseñanza aprendizaje de tal manera que se acierte sobre los contenidos adecuados al perfil de los nuevos maestros y profesores”. En torno a las competencias y a la formación de los maestros y profesores se ha propuesto un decálogo que generó un amplio consenso, ya que en él destacan, en otras competencias, el dominio de los diversos lenguajes para comprender el mundo en que vivimos, la capacidad de reflexión sobre la práctica educativa, el conocimiento de los sujetos y la atención a la diversidad del alumnado, el trabajo en equipo, la generación de empatía, la cultura interdisciplinar o la vocación y el compromiso. Asimismo, se ha planteado que en la formación de los futuros docentes han de intervenir no sólo los profesores de las facultades de educación, sino también maestros y profesores experimentados.
Aprendizajes y competencias básicas
En los debates se ha constatado los cambios curriculares continuados en los últimos años, que hacen difícil la adaptación del profesorado a los mismos con la formación inicial recibida, por lo que “sería esencial que se debatiese sobre cuáles son los aprendizajes y las competencias básicas que deben adquirir los alumnos en la enseñanza obligatoria para que la selección de esos aprendizajes no deba realizarla individualmente cada profesor”. En este caso se propone la creación de un organismo independiente encargado de revisar los currículos a la luz de la investigación educativa en colaboración con las universidades que se encargan de la formación inicial.Del mismo modo, se reclama que los nuevos planes destinados a la formación inicial docente se centren tanto en los contenidos como en las competencias que la sociedad reclama del profesor. “Estas competencias docentes deberían alcanzar un papel más relevante que el que desempeñan en la actualidad en los planes de estudio. Al respecto, también se debe considerar que el reconocimiento de las competencias profesionales va ganando terreno en nuestra legislación educativa, a través de figuras como la habilitación docente o los profesores especialistas. Asimismo se debe tener en consideración la reciente potenciación de la autonomía universitaria a la hora de elaborar los planes de estudio correspondientes que tendrá una influencia decisiva en la materia que estamos tratando”.
Cuerpo único
Algunos han planteado la coyuntura de aprovechar esta oportunidad para crear una titulación común para el conjunto de los docentes de la enseñanza obligatoria que facilite la creación de un cuerpo único de profesores, circunstancia que conllevaría una formación inicial sustancialmente similar. “No obstante, la legislación aprobada en esta materia ha optado por una diferenciación de Cuerpos docentes, según las distintas etapas que son impartidas en el sistema educativo, sin que ello suponga, en modo alguno, detrimento en el prestigio social o profesional del docente”, señalan las conclusiones.
En este apartado se suscitó un interesante debate, ya que la exigencia de que la formación inicial de los Maestros deba alcanzar el título de Grado universitario ha sido valorada muy favorablemente, pero otras intervenciones han puesto de relieve que a pesar de ello, “se mantienen diferencias entre los cuerpos docentes en cuanto a la formación inicial y que ello podría afectar a la consideración social del docente que imparte enseñanzas no universitarias”.
En el mismo sentido fue también planteada la necesidad de que el Master dirigido al profesorado de educación secundaria tuviera un periodo lectivo superior al fijado en un principio. En cualquier caso, teniendo en consideración que los proyectos normativos que deben regular la materia se encuentran en fase de estudio, la asignación horaria definitiva deberá contemplar las distintas variables que inciden en el caso. Desde otras posiciones se evidenció la mejora que el nuevo Master supondrá en cuanto a la formación inicial del profesorado, respecto a las actuales enseñanzas de aptitud pedagógica y especialización didáctica reflejadas en el CAP.
Carrera docente
La problemática de la carrera docente desde una perspectiva vertical y horizontal fue además objeto de análisis. Así, fueron ampliadas las informaciones que aluden al contenido de diversos proyectos normativos de la Administración, entre los que se encuentran el Estatuto de la Función Pública docente, en línea con el Estatuto del Funcionario Público, donde se recogerá la posibilidad de llevar a cabo una progresión horizontal, basada en ocho grados, con efectos económicos, a los que se accederá tras seis años de docencia o de tres años de docencia con la correspondiente evaluación favorable. Por lo que afecta a la promoción docente de carácter vertical, se insistió en que esta promoción se encuentra ya en vigor en la normativa que regula el acceso a los cuerpos docentes.
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